Sección
B: Instrumentos para realizar cambios en organizaciones, sistemas
y estructuras
14. Modelo de política en materia de acoso
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14. Modelo de política en materia de acoso Descripción del instrumento El
presente instrumento proporciona un modelo de política para ayudar
a las organizaciones deportivas a desarrollar su propia política
en contra del acoso. Se alienta a las organizaciones a adaptar esta
política según le convenga a su deporte y a su estructura y políticas
organizativas. ¿Cuándo utilizarlo?
Formato
La
Comisión Hillary de Nueva Zelanda suministró un modelo de política
al cual puede agregar su nombre y deporte, como mínimo, o hacerle
las modificaciones correspondientes. Instrumento
1. Declaración de política
[La
organización deportiva (incluya su información aquí)] está comprometida
a brindar un entorno libre de acoso donde todas las personas que
participan en [el nombre del deporte] reciben un tratamiento respetuoso
y digno y pueden contribuir y participar al máximo. Ello beneficia
a los atletas/jugadores, entrenadores, [la organización deportiva]
y [el nombre del deporte]. Daremos
lo mejor de nosotros para evitar el acoso al:
2. Personas a quienes cubren
la política y los procedimientos:
La
política y los procedimientos cubren a todos los:
3. Lo que abarcan la política
y los procedimientos:
La
política y los procedimientos abarcan todas las situaciones relacionadas
con [el nombre del deporte], entre ellas:
4. Definiciones
4.1
Se
considera acoso todo comentario, conducta o gesto fuera de lugar
dirigido hacia una persona o grupo de personas que sea de carácter
insultante, intimidante, humillante, malintencionado, degradante
u ofensivo, y que se repita o sea tan significativo que afecte desfavorablemente
al rendimiento, contribución o entorno deportivo de una persona. 4.2
Es posible que el acoso se centre en la raza, el color, sexo, características
físicas, orientación sexual, discapacidad o cualquier otro rasgo
distintivo de una persona en particular o grupo de personas. 4.3
Se considera acoso sexual todo comportamiento fuera de lugar de
carácter sexual. 4.4
En la mayoría de los casos, el acoso (con inclusión del acoso sexual)
es la tentativa de parte de una persona de ejercer poder inapropiadamente
sobre otra persona. El acoso abarca desde conductas leves como gestos
o comentarios hasta conductas que pueden ser físicas, forzosas y
violentas. 5. Responsabilidades
[La
organización deportiva] es responsable de adoptar todas las medidas
razonables para evitar los casos de acoso en nuestra organización
y garantizar que todos los miembros de la misma conozcan bien nuestra
política y procedimientos. Ello significa que seguiremos todos los
pasos necesarios para asegurarnos de que todos los miembros de la
organización comprendan:
6. Responsabilidad
jurídica El
acoso es una forma de discriminación. El acoso sexual y por motivos
de raza es ilegal en muchos países. Verifique la legislación para
confirmar la responsabilidad de su organización en materia de acoso
en su país.
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